Sin letra pequeña: la Xunta de Galicia publicaba ayer día 4 de mayo de 2021 las bases para la convocatoria de 2021 de subvenciones para la implantación y el impulso de la estrategia y modernización del sector comercial y artesanal de Galicia.
Puedes consultarlas en este enlace del Diario Oficial de Galicia o bien seguir leyendo para conocerlas más en profundidad.
¿Qué actuaciones me subvencionan y con qué importes?
Las bases establecen varios tipos de trabajos con los que puedes recibir la ayuda económica. Estos son algunos de ellos:
- La gestión de redes sociales o community management, con hasta 4.000 euros.
- Imágenes y contenidos audiovisuales para la promoción del producto, incluyendo cartelería digital, también por un importe de hasta 4.000 euros.
- Publicidad digital por valor de 2.000 euros.
- Implantación o actualización de página web, con o sin tienda online, hasta un máximo de 4.000 euros.
Del total a pagar, ¿cuánto subvencionaría la Xunta de Galicia?
Un 80% de los importes máximos establecidos en la convocatoria.
¿Qué requisitos debe cumplir mi comercio?
Fundamentalmente son tres:
- Desarrollar la actividad comercial en Galicia y tener aquí el domicilio social.
- Contar con menos de 20 trabajadoras.
- Salvo que te dediques al equipamiento del hogar y la construcción, tu superficie de exposición y ventas no podrá superar los 300 metros cuadrados.
¿Cómo sé si mi actividad se encuentra entre las subvencionables?
El Anexo II establece cuáles son los epígrafes del IAE que pueden acogerse a esta convocatoria. Si tu comercio está encuadrado en alguno de ellos y cumples los tres requisitos que te indicábamos en la anterior pregunta, esta puede ser tu oportunidad:
- Frutas, verduras, hortalizas y tubérculos (641)
- Carnes y productos derivados cárnicos elaborados de huevos, aves, conejos de granja, caza; y productos derivados de ellos (642)
- Pescado y otros productos de la pesca y la acuicultura y caracoles (643)
- Pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos (644)
- Vinos y bebidas de todas clases (645)
- Productos alimenticios y bebidas en general (647)
- Productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero (651)
- Medicamentos, artículos de droguería y limpieza, perfumería y cosméticos (652)
- Artículos para el equipamiento del hogar y la construcción (653)
- Muebles, artículos y útiles ordinarios de uso doméstico (656)
- Instrumentos musicales en general y sus accesorios (657)
- Otro comercio al pormenor (659)
¿Cómo presento mi solicitud y qué plazo tengo?
Puedes hacerlo hasta el 5 de junio de 2021. Debes cubrir el anexo IV y presentarlo a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
¿Existe la posibilidad de solicitar el pago anticipado?
Sí, la convocatoria contempla esta alternativa: podrás solicitar hasta un 50% del importe que te hayan concedido.
¿Hasta cuándo puedo justificar la inversión?
El 29 de octubre de 2021 termina el plazo de justificación de las inversiones.
¿Qué posibilidades tengo de que me concedan la subvención?
El artículo 11 de la convocatoria estipula cuáles serán los criterios de valoración. Recuerda que en caso de empate se tendrá en cuenta el orden de presentación, por lo que te animamos a contactar con nosotros cuanto antes.